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¿Pagará usted por un cristal roto en la tienda? La respuesta es complicada

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Seguro que mucha gente se ha preguntado alguna vez qué hacer si, por descuido, se daña una mercancía en una tienda. ¿Somos responsables del coste del producto dañado? La respuesta a esta pregunta no es tan sencilla como parece. Así que echemos un vistazo a lo que el Código Civil tiene que decir sobre el tema.

Ocurre que los bienes se dañan durante una compra, independientemente de nuestra voluntad. Puede ser la rotura accidental de un asa de cristal, la rotura involuntaria de una botella de vidrio o el aplastamiento de un tomate. Estas situaciones ponen a prueba nuestra decencia.

Si después de un incidente de este tipo entramos en pánico, miramos a nuestro alrededor en busca de posibles testigos y escondemos la mercancía dañada en el extremo más alejado de la estantería, es seguro que no superaremos esta prueba. Además, como señala el Código Civil, ese comportamiento suele ser totalmente innecesario.

¿Es el cliente o la tienda responsable del envase roto?

Según el principio ex delicto recogido en el CC: “Quien ha causado un daño a otro por su culpa está obligado a indemnizarlo”. Este principio, aunque general e impreciso, es un punto de partida para posteriores consideraciones. Sin embargo, no explica claramente quién debe asumir el coste de los bienes dañados en una tienda. Por lo tanto, debemos buscar más aclaraciones. Nos encontramos entonces con el artículo 546 del mismo Código, que establece:

Estas dos disposiciones nos muestran que la responsabilidad por mercancías dañadas no siempre recae sobre el cliente . Si tenemos dudas sobre si somos responsables de los bienes dañados, no debemos aceptar inmediatamente el pago de los costes. En tal situación, debemos esperar hasta que se aclare el asunto, por ejemplo, mediante imágenes de vigilancia.

¿Cómo interpretar estas disposiciones en la práctica?

Por supuesto, hacer valer los propios derechos en estas situaciones no siempre es fácil ni agradable. Si, por ejemplo, rompemos una fanega al arrojarla a una cesta desde gran altura, sin duda es culpa nuestra y ningún tribunal lo interpretaría de otro modo.

Sin embargo, la situación se complica cuando la secuencia de causas y efectos no está clara. Por ejemplo, si hay demasiados artículos en una estantería y, a pesar de nuestros esfuerzos, algunos caen al suelo, probablemente sea culpa de la tienda. En tal caso, no deberíamos tener que asumir el coste de los artículos dañados.

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admin
¡¡¡Hola!!! Me llamo Sánchez y soy un experimentado redactor apasionado por la cocina. A lo largo de los años, he aprendido diversas tradiciones y recetas culinarias, y las escribo para ti, con el objetivo de compartir mis conocimientos.