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Gastos del condominio, cómo funciona la distribución entre inquilino y propietario

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En cuanto a la distribución de tarifas de condominio A menudo surge confusión entre inquilino y propietario. En particular, a veces no está claro quién es responsable de pagar algunas intervenciones. Según el artículo 1576 del código civil “el arrendador debe realizar, durante el arrendamiento, todas las reparaciones necesarias, excepto las de pequeño mantenimiento que son responsabilidad del arrendatario. En el caso de cosas muebles, los gastos de conservación y mantenimiento ordinario son, salvo pacto en contrario, responsabilidad del inquilino”.

Los gastos de administración ordinarios, por tanto, corren a cargo del inquilino, mientras que los gastos de administración extraordinarios corren a cargo del propietario. Para aportar aún mayor claridad, hay que tomar como referencia la tabla que elaboraron las asociaciones para proteger a propietarios e inquilinos.

Gastos que paga el inquilino: ¿cuántos y cuántos son?

Como se mencionó, el inquilino es responsable de pagar los costos administrativos ordinarios, a saber:

  • gastos de luz, agua, gas, aire acondicionado, calefacción;
  • gastos de limpieza dentro del apartamento;
  • gastos por prestación de servicios comunes en el condominio;
  • Gastos de mantenimiento ordinario del ascensor.

Los gastos corren a cargo del propietario.

Sin embargo, el propietario es responsable de los pagos que no están incluidos en el llamado “pequeño mantenimiento”, a partir de aquellas actividades que conciernen a las áreas comunes y condominios. Estos, en detalle, son los gastos que se deben pagar:

  • gastos de mantenimiento extraordinario de las fachadas, sistemas eléctricos, de agua o de gas;
  • gastos necesarios para sustituir un grifo en el baño o en la cocina, pero también los de sustitución de la caldera;
  • gastos de renovación o rehacer el piso de la casa;
  • gastos de reparación de puertas, ventanas, marcos y los distintos componentes de la contraventana;
  • gastos de instalación o cambio de portón;
  • gastos del sistema de iluminación;
  • gastos de reordenamiento del techo y rejuntado del yeso;
  • Costos de instalación del sistema de TV.

Responsabilidades de pago

En caso de retrasos o impagos, la responsabilidad el único respecto del condominio es siempre el del propietario, como ocurre en todo caso de incumplimiento de las normas del condominio. Esto significa que la responsabilidad del propietario también es legal, en el caso de que el inquilino no tenga que pagar.

Además del citado Código Civil, existe una ley específica que se ocupa de estos gastos, la 392 de 1978, la denominada “Disciplina del alquiler de inmuebles urbanos”. Se trata de 85 artículos dedicados precisamente al alquiler de inmuebles, a las cargas a cargo de inquilinos y propietarios y a la indemnización de posibles daños.

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admin
¡¡¡Hola!!! Me llamo Sánchez y soy un experimentado redactor apasionado por la cocina. A lo largo de los años, he aprendido diversas tradiciones y recetas culinarias, y las escribo para ti, con el objetivo de compartir mis conocimientos.